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Vas a alquilar tu piso? Evita sorpresas posteriores


Vas a alquilar tu piso? Evita sorpresas posteriores

Consejos para alquilar tu piso

Un inquilino que no paga las mensualidades, o que no mantenga el inmueble en buen estado puede ser tu mayor quebradero de cabeza.

Si tienes pensado poner en alquiler una vivienda, es conveniente que tengas en cuenta una serie de recomendaciones para evitar sorpresas posteriores:

Busca un perfil concreto (por ejemplo, familias o parejas sin hijos, , estudiantes, personas sin mascotas…) y de esta forma saber si el inmueble es el adecuado para ellos o bien debemos buscar a otro tipo de personas.

Es recomendable que el inquilino tenga estabilidad profesional, e incluso estudiar la posibilidad, con previa autorización del afectado, de realizar un informe de solvencia del inquilino, a través de una empresa autorizada, y de esta forma saber si ya ha tenido deudas anteriormente.

¿Y si tu inquilino te deja de pagar las mensualidades del alquiler?

Ante el riesgo de impago, contratar un seguro de alquiler es la forma más común para garantizar el cobro de las rentas. De esta forma la aseguradora cubre el pago de las mensualidades que el inquilino no haya pagado, así como los destrozos al inmueble o posibles robos al continente. Asumiendo, además, los trámites judiciales y extrajudiciales ante un eventual desahucio.

¿Quién debe pagar este seguro? Propietario o inquilino?

Los seguros de impago de alquileres han introducido un gran cambio frente a las garantías bancarias: mientras que estas corren por cuenta del inquilino, el seguro es asumido por el propietario. El cual debe figurar en la póliza como Tomador y, por lo tanto es a esta persona sobre quien recae la obligación de pagar este seguro y no al inquilino.

¿Cuál es la vigencia de un seguro de alquiler?

Los seguros de alquiler tienen una vigencia anual, cubriendo el adelanto de las rentas impagadas hasta 12 meses.

¿Cuáles son los requisitos para contratar un seguro de alquiler?

Además de la existencia de un contrato de Arrendamiento, la aseguradora solicitará que el inmueble alquilado se destine a vivienda habitual del inquilino.

En este producto se garantiza un capital, que vendrá marcado por el importe de la mensualidad del alquiler y ligado con la capacidad financiera del inquilino.

Por ello, se necesita comprobar con antelación a la emisión de la póliza, que el inquilino tiene capacidad económica suficiente para hacer frente al pago del alquiler. Esto beneficia al Arrendador, ya que, le aporta la seguridad de que su inquilino es solvente en el momento de contratar la póliza, y que, antes posibles dificultades económicas de aquel, la póliza, le ofrece la garantía de cobrar las mensualidades impagadas.





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